Si te drogas…¡paga!

Juan Carlos Usó

De haberse publicitado la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocida como “Ley Corcuera” (en honor al ministro del Interior que la impulsó), el eslogan bien podría haber sido: “Si te drogas… ¡paga!”

Para explicar su promulgación tendríamos que remontarnos a la década de los 80 de la pasada centuria. A principios de 1981, el entonces ministro de Justicia de la UCD, Francisco Fernández Ordóñez, reconocía públicamente haber fumado porros durante su etapa de estudiante en la Universidad de Harvard. Estando todavía el PSOE en la oposición, sus principales dirigentes —Felipe González, Alfonso Guerra y Javier Solana— no tuvieron reparos en admitir contactos positivos con los derivados del cáñamo, mientras Emilio Lamo de Espinosa, director general de Universidades publicó varios artículos abogando por una total despenalización de las denominadas «drogas blandas». También las Juventudes Socialistas y las Juventudes Comunistas Revolucionarias (IV Internacional) se mostraron abiertamente favorables a la legalización del cannabis. Aunque el móvil básicamente electoralista de esa actitud no se pondría de manifiesto hasta años más tarde, el hachís se convirtió —junto con el alcohol, el tabaco y el café— en la droga social por excelencia. Su bajo precio comparativo, su escasa —por no decir nula— toxicidad, su arraigo y un suministro prácticamente garantizado (por la proximidad de España a zonas productoras marroquíes) hacían del hachís la droga ideal para aquellas personas —jóvenes y no tan jóvenes— que se mostraban deseosas de manifestar disconformidad ante el convencionalismo.

Todavía en 1983, ya con el PSOE en el poder, según el diario francés Libération, el presidente González habría asegurado que fumar porros le parecía bastante sano. Ese mismo año se reformó el Código Penal, introduciendo la distinción entre drogas “duras” y “blandas”, despenalizándose expresamente el consumo. También se atenuaron las penas privativas de libertad para los delitos de tráfico de drogas, especialmente para drogas como el cáñamo y sus derivados, y se suprimió la cláusula de incriminación abierta, según la cual podían ser condenadas todas las personas que, aparte de cultivar, fabricar o traficar, promovieran, favorecieran o facilitaran el consumo de drogas ilegales “de otro modo”. Siempre que se observara una mínima discreción era posible fumar hachís en cualquier lugar público, sin que nadie llegara a reprimir lo que ya constituía una práctica habitual. Por ejemplo, la actriz Sharon Stone declaró a la prensa que cuando visitó España por esa época fumó “hachís en restaurantes, sin que nadie se molestara”.

Aunque la reforma del artículo 344 fue valorada positivamente en medios jurídicos y universitarios, recibió intensas y reiteradas críticas, tanto de personas expertas como de la oposición, y tanto en medios de comunicación españoles como internacionales. Una de las revistas más prestigiosas del mundo llegó a referirse a España como “Eldorado del hachís”, y ciertas agencias reaccionaron alarmadas. En concreto, el Comité de Control de Estupefacientes de Naciones Unidas reconoció haber mantenido un “serio diálogo” con el Gobierno español en 1984.

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Autoría: Juan de Dios Santander Vela

El cambio de actitud vino de un ataque conservador, que vinculó el repentino aumento de la delincuencia con el espíritu tolerante de la ley. Se desató una crisis colectiva de pánico, que quedó fijada en la conciencia colectiva de la población española como “inseguridad ciudadana”, las personas consumidoras de heroína por vía endovenosa comenzaron a ser muy visibles, el SIDA causaba estragos, la vecindad de los barrios más afectados por el consumo y el tráfico estaba en pie de guerra y los alcaldes de Toledo, El Ferrol del Caudillo (La Coruña) y Nules (Castellón) —todos ellos del PP— emitieron sendos bandos sancionando el consumo en lugares públicos y la tenencia ilícita de drogas, unas iniciativas que desembocarían en una auténtica “fiebre” de bandos municipales en la misma línea. Por otra parte, a nivel internacional se exigía una corresponsabilidad de las políticas de drogas y, en concreto, los países productores se quejaban de la falta de acciones concretas por parte de los países consumidores para atajar o, al menos, controlar la demanda. Así, entre unas cosas y otras, el ejecutivo socialista presidido por Felipe González se vio muy presionado, y su respuesta se tradujo en la referida ley.

En su día se dieron muchos argumentos favorables a su promulgación: había que impedir que las personas dependientes de la heroína abandonaran las jeringuillas y agujas utilizadas en los espacios públicos, era necesario acabar con quienes vendían en la calle al por menor, que se amparaban en la tolerancia legislativa hacia el consumo para eludir el peso de la justicia, etcétera.

Mucho podría decirse acerca de un texto legislativo cuyo objetivo supuestamente era velar por la protección de la seguridad ciudadana y que, en consecuencia, consideraba como falta grave el consumo en público y la tenencia ilícita de cualquier droga prohibida (artículo 25.1), mientras que una acción infinitamente más amenazadora e indeseable como la exhibición de objetos peligrosos para la integridad física de las personas con la finalidad de causar intimidación estaba reputada como falta leve (artículo 26.g).

Con todo, la medida más controvertida, que implicaba la posibilidad de que la policía pudiera irrumpir sin orden judicial en cualquier domicilio privado cuando tuviera sospechas de que se estaba traficando con drogas, no prosperó.

Las multas impuestas en aplicación de dicha ley, que en su máxima expresión podían alcanzar las 25.000 pesetas, fueron en imparable aumento. Así, mientras en 1995 se cursaron 27.145 denuncias, en 2009 se alcanzó el techo con 351.927 denuncias.

En otro orden de cosas, cabe decir que el cannabis y sus derivados (marihuana, hachís y aceite de THC) fueron las sustancias que con diferencia motivaron más sanciones, concretamente entre un 67,01% y un 82,73% del total de multas impuestas, siempre en aras de la protección de la seguridad ciudadana. Un dato que, desde luego, invita a la reflexión, más todavía si tenemos en cuenta que, según la propia ley, la venta o servicio de bebidas alcohólicas a menores de edad estaba conceptuado como una falta leve (artículo 26.d).

La “Ley Corcuera” estuvo en vigor hasta el 1 de julio de 2015, cuando fue derogada por la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. Conocida a nivel popular como la “Ley Mordaza”, no es sino una versión actualizada y mucho más punible y onerosa que su predecesora. De tal manera, la tenencia o consumo de drogas en lugares públicos, como la calle, aunque no estuvieran destinadas al tráfico sino solo al consumo propio siguen estando tipificados como faltas graves, pero las sanciones por dichas infracciones se han visto incrementadas de 601 a 30.000 euros.

Al igual que sucedió con la antigua “Ley Corcuera”, la aplicación de la nueva ley de protección de la seguridad ciudadana ha ido a más: 126.115 en 2016, 157.694 en 2017, 177.199 en 2018…

De tal manera, podría decirse que las personas usuarias han terminado por asumir el riesgo de ser multadas por consumo y/o tenencia ilícita como una especie de impuesto indirecto que grava dicho consumo. Si a todo lo dicho sumamos el hecho de que las personas que conduzcan con presencia de drogas en su organismo también pueden ser multadas hasta con 1.000 euros en virtud de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (un 56% de las personas que se sometieron a los primeros controles de drogas en 2012 dieron positivo), necesariamente llegaremos a la conclusión de que la legislación vigente en este sentido cumple a las mil maravillas con su fin recaudatorio. Aunque, a la vista de todo lo expuesto, nos permitimos poner en duda su supuesto efecto disuasorio.

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Autoría: Metzineres

Por eso, frente al eslogan no declarado “Si te drogas… ¡paga!”, reivindicamos el lema “Support. Don’t punish”.

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Juan Carlos Usó

Doctor en Sociología y licenciado en Historia Contemporánea y Geografía por la Universidad de Valencia. Se ha especializado en la historia de las drogas en España, publicando diversos trabajos de investigación, artículos y libros entre los que destacamos Drogas y cultura de masas (1996), Spanish trip: la aventura psiquedélica en España (2001), Píldoras de realidad (2012), ¿Nos matan con heroína? (2015), Drogas, neutralidad y presión mediática (2019) y su último libro Arroz, horchata y cocaína (2021).

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