La Unión Europea ha aprobado recientemente la prohibición de la 2-MMC, la NEP y la 4-BMC, incluyendo a estas sustancias dentro de la definición legal de «droga». Este tipo de actualizaciones buscan dar respuesta a un mercado en constante cambio, en el que aparecen con rapidez nuevos compuestos sintéticos cuyos efectos y riesgos no siempre están bien conocidos. Sin embargo, estas decisiones también plantean preguntas importantes sobre hasta qué punto la fiscalización logra realmente reducir los riesgos o si, en algunos caso, puede generar dinámicas no previstas.
¿Qué se ha aprobado?
Mediante una nueva directiva, la Unión Europea ha incorporado tres sustancias -la 2-metilmetcatinona (2-MMC), la N-etilnorpentedrona (NEP) y la 4-bromometcatinona (4-BMC)- al listado de compuestos sometidos a control. Se trata de catinonas sintéticas con efectos estimulantes, detectadas en varios países europeos y asociadas a posibles riesgos para la salud.
A partir de esta decisión, los Estados miembro deberán adaptar, antes de julio de 2026, su legislación nacional para aplicar medidas de control similares en todo el territorio europeo, con el objetivo de evitar diferencias legales entre países.
¿Por qué se fiscalizan estas sustancias?
Las nuevas sustancias psicoactivas suelen aparecer como variaciones químicas de otras ya controladas, lo que les permite circular durante un tiempo en un «vacío legal». Desde las instituciones europeas, la fiscalización se plantea como una forma de limitar su disponibilidad y reducir los daños potenciales, especialmente cuando existen indicios de toxicidad, efectos adversos graves o un aumento de su presencia en el mercado.
Este enfoque se apoya en los sistemas de alerta temprana, que recopilan información sobre detecciones, efectos observados y posibles riesgos asociados al consumo.
Una mirada crítica: ¿Qué ocurre cuando se prohíbe una sustancia?
Aunque la inclusión de nuevas sustancias en las listas de control puede parecer una respuesta lógica, la experiencia acumulada en las últimas décadas muestra que la fiscalización también puede tener efectos no deseados. Cuando una molécula concreta pasa a estar prohibida, no desaparece necesariamente la demanda; en muchos casos, el mercado responde introduciendo otras sustancias nuevas, poco conocidas y aún no fiscalizadas.
Estos puede dar lugar a varios problemas:
- Mayor rotación de sustancias, con compuestos cada vez más nuevos y con menos información disponible sobre dosis, efectos, riesgos y estrategias para reducirlos.
- Incremento de la incertidumbre para las personas que consumen, que pueden no saber exactamente qué sustancia están adquiriendo o consumiendo.
- Dificultades añadidas para los servicios de análisis y reducción de riesgos, que deben adaptarse rápidamente a moléculas desconocidas.
En este sentido, la prohibición de la 2-MMC, la NEP y la 4-BMC puede contribuir, de forma indirecta, a acelerar la aparición de nuevas NPS, en lugar de frenar el fenómeno en su conjunto.
Más allá del control: información y reducción de riesgos
Desde una perspectiva de salud pública, limitar la respuesta únicamente a la prohibición resulta insuficiente. La evidencia acumulada señala la importancia de complementar las medidas legales con estrategias de reducción de riesgos, acceso a información clara y actualizada, y sistemas que permitan conocer qué sustancias están realmente circulando en el mercado.
Ofrecer información comprensible, facilitar el análisis de sustancias y promover entornos de consumo más seguros son herramientas clave para reducir daños, independientemente del estatus legal de una molécula concreta. En un contexto marcado por la rápida evolución de las NPS, poner el foco exclusivamente en las listas de fiscalización puede dejar fuera una parte importante del problema.










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